Pues básicamente las reformas al estatuto inicial de la asamblea son las siguientes:
1. Los partidos y movimientos políticos, al igual que los grupos sociales y ciudadanos, deberán presentar el uno por ciento de las firmas de respaldo del padrón electoral.
2. El número de asambleístas se elevará de 87 a 130. De ellos, 24 serán de carácter nacional, seis en representación de los emigrantes y 100 correspondientes a las 22 provincias.
Las decisiones de la asamblea constituyente se tomarán con al menos la mitad absoluta de sus integrantes. Con ello, las resoluciones que tome el poder constituyente deberán contar con al menos la voluntad de 66 de sus miembros.
4. La duración de la asamblea constituyente no estará atada al referéndum aprobatorio de la nueva Constitución que debe redactar. Según la modificación, la constituyente funcionará 180 días, con una prórroga máxima de 60 días más.
5. Por último, el Ejecutivo redujo la edad que deben cumplir aquellos ciudadanos que desean candidatizarse. El requisito se redujo de 25 a 20 años de edad.
Según Ciudadanía Informada, con respecto al punto 1, es decir, lo del 1% de las firmas para poder presentar candidatos, Correa apeló al €œsentido patriótico€ de los partidos políticos para que no presenten demandas de inconstitucionalidad por este tema; y luego recalcó que si se da este caso, la €œciudadanía los castigue en las urnas€.



segùn creo, el estatuto no esta obligado a seguir la ley de elecciones, asi q no tienen derecho los partidos a librarse del trabajito de recoger firmas.
creo que los partidos con opciones electorales (PSP, PRIAN, ID, PSC, PRE, etc.) no tendrà n problema en recoger firmas entre sus partidarios, que son muchos,
partidos de membrete, como CFP o el de Fabià n Alarcòn pueden ser un problema, pero no creo que la gente les vaya a negar el voto como castigo a los amparos que presenten, sino porque no convencen desde hace rato…