Primeros artículos de la nueva Constitución, a debate

1 Mar 08

La mesa de Soberanía, Relaciones Internacionales e Integración Latinoamericana (blog), de la Asamblea Constituyente, ha aprobado un primer bloque de artículos que ya fueron presentados a la secretaría de la misma para su debate, muy probablemente en el transcurso de la siguiente semana.

Claro, todo esto luego de las críticas que han recibido justo ayer que la Asamblea cumple 3 meses de haber estado trabajando y sin debatir ningún artículo de la nueva Constitución, su principal objetivo. Aunque si lo pensamos bien, en definitiva tuvo que haber sido así.

Todos los días se leen noticias -desde el sitio oficial, claro- sobre la recepción a delegaciones y sendas entrevistas con las mesas participantes. Más participativa sería, si es que esta información se desplegase a todo el mundo. Y no sólo a los que seguimos el sitio oficial. ¿Donde está EcuadorTV?

Es muy urgente que ahora que va a empezar el debate de lo que queremos ver, se haga más público y visible el trabajo de la Asamblea.   No vaya a ser que el último día pongan artículos que permitan privilegios.

Bueno, en fin. Lo que les comentaba al inicio es que ya están los primeros artículos de la constitución, que los pongo aquí para que los comenten. Como indicaba, tienen que ver con la soberanía básicamente. Luego de cada artículo, mi comentario en cursivas.

ART. El territorio del Ecuador constituye una unidad histórica de dimensiones naturales, sociales y culturales, legado de nuestros pueblos milenarios. Comprende el espacio continental, lacustre y fluvial, las islas adyacentes, el mar territorial, el archipiélago de Galápagos; el suelo, el subsuelo y el espacio aéreo continental, insular y marítimo. Sus límites son los determinados por los tratados vigentes.
La capital del Ecuador es Quito, Distrito Metropolitano.

Bueno, hasta aquí nada nuevo. lo que quizá está como abstracto y bien en el aire es eso de “dimensiones naturales, sociales y culturales”. Claro, a mi criterio.

ART. El territorio del Ecuador es inembargable, inalienable, irreductible, único e indivisible. Ninguna porción del territorio podrá ser concedida, arrendada ni en forma alguna enajenada temporal o definitivamente. Ningún ciudadano, ciudadana, comunidad, colectividad, pueblo, entidad Estatal o privada podrá llevar a cabo acto alguno que atente contra la unidad territorial ni fomente la separación o escisión territorial.

Adiós República de Guayaquil. Aquí ya se amplía el artículo 2 de la actual constitución y se le cierra la puerta a cualquier intento de separatismo o desmembramiento.

ART. Pertenecen al Ecuador todos los recursos naturales que se encuentren en su territorio, incluidos el agua, la biodiversidad, el patrimonio genético, los yacimientos mineros y de hidrocarburos, los componentes intangibles o inmateriales y el
espectro electromagnético.

Me alegra mucho que se haya incluido el patrimonio genético. Aunque de verdad queda como en el aire eso de “componentes intangibles o inmateriales”. ¿Inmateriales? ¿Vamos a incluir ya en la constitución la “no materia” o “materia oscura“?

ART. El Ecuador ejercerá derechos sobre los segmentos correspondientes de la órbita sincrónica geoestacionaria y la Antártica, de conformidad con las normas del Derecho
Internacional y con la legislación interna.

Parece adecuado. Aunque alguna vez leí por ahí -lo siento, no recuerdo donde- que existen acuerdos internacionales al respecto.

ART. El Ecuador es un territorio de paz, por lo que no se podrá establecer en él bases militares extranjeras ni instalaciones extranjeras con propósitos militares.

¡Green Go Home! Que diría Eloy Alfaro cuando -y esto también aplica para el segundo artículo aquí publicado- intentó alquilar las Galápagos por 99 años. Seguramente algo se escuchó en el mausoleo cuando se redactó este artículo.

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